QUE LE FALTA AL INFORME: 1194, PARA HACER REACCIONAR A UN GRUPO DE REGIDORES?

Publicado en por PERCY ZUTA

Muy al margen de las irregularidades existentes en nuestro medio y muy al margen que mi persona como ciudadano hable o reniegue, son el servilismo de nuestro día a día, el de escuchar y contrarrestar con hechos, las inocentadas de algunos profesionales que lamentablemente aprenden en la gestión pública. Y diré inocentada en vez de mala fe, porque ya ni sé, si le hacemos daño a un pueblo que elige por desconocimiento y le damos motivos para regalarles polos, cemento, calamina, gorros y otros con tal de contrarrestar su afán de protesta o comprar su silencio y sumarles a la complicidad. A la larga si existiera una ley justa y equitativa, ya no tendríamos autoridades, ni regidores y menos funcionarios, sin contar los demás cargos que como buenos obedientes se unen a la cúpula de viveza que inicia con la autoridad máxima y termina con el que abre y cierra la puerta de una institución, que justamente serían los que pagan los platos rotos.

El Informe N° 1194-2014 DE LA CONTRALORIA GENERAL y sus cuatro observaciones básicas:

Proyecto: MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES JR, AREQUIPA, JR. SANTA ANA Y JR. TRES ESQUINAS, DE LA CIUDAD DE CHACHAPOYAS, PROVINCIA DE CHACHAPOYAS. AMAZONAS”

Monto según Expediente: 7´245,581.93 nuevos soles

1.- LA ENTIDAD TRANSGREDIÓ EL CONVENIO CON EL MINISTERIO DE VIVIENDA (PNSU-PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO URBANO), OCASIONANDO ENDEUDAMIENTO A FAVOR DEL CONSORCIO.

Todo convenio es favorable para una entidad y más si éste como es el caso de la MPCH, no tiene recursos para ejecutar obras. Hasta ahí bien, pero también es de conocimiento que todo convenio tiene que reflejarse con aportación por ambas partes, así éste, sea de 9-1. Es decir; que la entidad municipal de Chachapoyas en este caso, debió incorporar en su presupuesto institucional como obligación su participación, con por lo menos de hasta el 15% (o en todo caso el monto de S/.110,703.93.00 nuevos soles, que correspondía al pago por expediente técnico). Cosa que incumplió, algo así como sacarle la vuelta a tu socio al primer día de conformado una empresa.

Según convenio, se transfirió a la entidad MPCH el monto de S/. 7´134,878.00 Nuevos soles. Pero si observamos la liquidación de la obra, aprobado con resolución de alcaldía, es decir luego de todo el proceso de ejecución del proyecto; el monto gastado terminó siendo mas, es decir por la suma de: S/ 7´358,705.98 nuevos soles, generándose una diferencia adicional de S/. 223,827.98 nuevos soles a favor del contratista, osea, la entidad municipal terminó adeudando al CONSORCIO NOR ORIENTE. ¿Qué hicieron?. Para subsanar dicho monto excedido, el Gerente municipal en complicidad de su Gerente de planeamiento, aprobaron modificaciones presupuestales, para los entendidos tuvieron que utilizar plata del FONCOMUN 2014 para saldar la deuda.

Es obvio que tuvieron que utilizar fondos de otros proyectos, destinados al desarrollo de obras en beneficio de la población chachapoyana y en este caso, 3 proyectos fueron utilizados para hacer movimientos de presupuesto asignado, para cubrir este desfachatez de funcionarios, por un monto de S/. 456,950.00 nuevos soles. Y si nos preguntamos, ¿por qué más de lo que se adeuda?, ahhh!!! pues era para no generar sospechas, dijeron... nos hacemos que asignar un monto mínimo a otros proyectos para barajarla. Uno de los proyectos más afectados fue la obra: “Mejoramiento de las condiciones de comercialización del mercado central de Chachapoyas” por la suma de S/. 396,000 nuevos soles (ahora entiendo el porque, del mal trabajo hecho ahí con respecto al techo, hace más de un año, que cuestionamos en su momento y que por coincidencia y conciencia, el reelecto alcalde no se presentó en campaña), eso quiere decir que; la conciencia frena a veces.

2.- FAVORITISMO AL CONSORCIO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA SUPERVISIÓN DE OBRA DEL PROYECTO EN MENCIÓN, AFECTANTO LA TRANSPARENCIA DE LAS ACTIVIDADES DE LA GESTIÓN PUBLICA:

No es ajeno decir que hoy en día, en todo proceso hay irregularidades y bases hechas de acuerdo al postor, pues es algo que hoy por hoy no ha frenado, si no al contrario va creciendo día a día. La contraloría determinó en su informe que: durante el proceso de contratación para la supervisión de la mencionada Obra, indicó que se admitió la propuesta técnica del postor: CONSORCIO G&M. Sin cumplir un requerimiento técnico mínimo respecto a su equipo profesiona (técnico en topografía). Acto que le permitió a este consorcio acceder a la etapa de evaluación técnica, adjudicándose la buena pro. Dentro de los requerimientos del equipo de supervisión se requería entre otros UN TOPOGRAFO (técnico en topografía) con EXPERIENCIA en proyectos de saneamiento, la misma que se transgredió, toda vez que el consorcio G&M, propuso un técnico únicamente con un documento en copia simple (CONSTANCIA), sin fecha de expedición y suscrito por el Director del Instituto de Educación Superior SENCICO, en la cual figura su situación solo como EGRESADO, es decir que no cumplía con los requisitos establecidos en las bases, pudiendo ser sustento suficiente para DESCALIFICAR, incluso esta constancia fue negada por el instituto en mención indicando que el personal era repitente y la firma de la constancia no era verdadera.

3.- SOBREVALORACION DEL PRESUPUESTO DEL EXPEDIENTE TECNICO DE OBRA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO; REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS INCONGRUENTES EN EL PROCESO DE SELECCIÓN; SUSCRIPCION DE CONTRATO DE OBRA Y APROBACION DE PRESUPUESTOS ADICIONALES AL MARGEN DE LA NORMATIVA OCASIONANDO DAÑOS ECONOMICOS A LA ENTIDAD POR S/ 2´743,671.56 nuevos soles.

¿Se puede realizar hasta 3 modificaciones de un expediente técnico, cuyo sustento solo era incremento presupuestal de uno tras otro?. Pues, la administración municipal dio conformidad a estos expedientes técnicos hasta por 3 oportunidades anulando y aprobando resoluciones. Un expediente Técnico incluso elaborado por un consultor externo, contratado directamente y en vías de regularización pese a que había un presupuesto sobrevalorado por metrados y costos sobre dimensionados. Acto que luego se determinara como un claro favorecimiento a que la obra se ejecute por contrata.

Fijémonos en el siguiente detalle,

  • Respecto al ítem del expediente técnico, la partida sobre la movilización de maquinaria y equipos para la ejecución de la obra, curiosamente este consigna el traslado desde Trujillo hasta la obra (Chachapoyas), sin justificación alguna que sustente dicha distancia. Sin embargo según contratos adjuntos al informe se demostró que al final se contrató maquinaria del Instituto de vialidad Municipal que pertenece a la MPCH, cuyo sobre costo se habría hecho por S/.23, 674.72. nuevos soles.
  • Respecto a las conexiones domiciliarias, se consignó en el expediente técnico la cantidad de 1,560 unidades, siendo solo de 698 conexiones, generando un diferencial de 862 conexiones de más, la misma que en soles asciende a S/. 645,273.76 nuevos soles. Monto que también se cobró y gasto y no se devolvió un sol.
  • Respecto a la partida de dimensión y ancho de la vía de calles, en el expediente se evidencia un sobredimensionamiento, consignada de hasta 20 metros, y no de 7.61 metros que debería ser realmente (por que asi es el ancho de nuestras calles). Por lo que; en el total se nota una exagerada diferencia, las conexiones en todo el proyecto era solo de 862 metros lineales y no de 12, 764 metros linéales como se consigno y se gastó en su totalidad.
  • Respecto a la partida de precio de tubería PVC SAP clase 10, de ½”, se sobrevaloró el monto de compra que contrastando con los precios de mercado no coincidían, es decir se gasto S/. 941,444.40 nuevos soles , y no lo que realmente era S/. 296,170.64 nuevos soles, es decir se generó un sobrecosto de S/ 645,273.76 nuevos soles. algo que tambien se gasto todo y no se devolvió un sol.
  • Respecto a la partida sobre afirmado o mejoramiento de base existente (Afirmado e=0,15m3), se evidenció una mayor cantidad de insumos requeridos, generando un sobre costo de S/. 55,330.21 nuevos soles, es decir se debió consignar un espesor de 0.15 m3 y no de 0.25m3 como dice el expediente técnico. Además en la misma partida se consideró la adquisición de una camioneta 4x2, no siendo necesario, ya que el rubro de vehículos para movilidad y transporte interno ya se había considerado en gastos generales.
  • Respecto a la partida de metrados y precios de tuberías PVC SN2 Y SN4. Se consignó para el proyecto por un total de 978.87 metros lineales, sin embargo solo se utilizó este material en el pasaje David Reyna de solo 127.99 metros lineales, existiendo una diferencia de 850.58 metros lineales, generandose un costo adicional de S/. 129,508.63 nuevos soles.
  • Respecto a la sobrevaloración en la partida del insumo en el costo unitario de tubería PVC 160mm SN2, incluido anillo flexible, se cambio la característica por PVC 200mm SN4, generando un incremento en el costo total de S/. 1´ 606,768.80 nuevos soles, debiendo ser únicamente de S/. 328,745.00 nuevos soles. Esto generó un sobre costo de S/. 1´278,023.80 nuevos soles. Y si sumamos los gastos generales, utilidad e IGV, el monto sigue subiendo a S/. 1 949,278.50 nuevos soles. algo que tambien se gasto en su totalidad.

Por otro lado, respecto al proceso de selección y suscripción del contrato de la obra: A pesar que estaba sobrevalorado el monto de la obra en el expediente técnico, se lanzó a proceso por un monto de S/.6´960,856.82 nuevos soles, quedando dicho proceso en primera convocatoria, DESIERTO. Al no quedar ninguna propuesta valida. Se convocó posteriormente a un proceso de menor cuantía amparándose bajo el ámbito del Decreto de Urgencia N° 016 de la primera convocatoria. quedando como ganador, ojo, ganador… el CONSORCIO GOCTA y quedando en segundo lugar el CONSORCIO NOR ORIENTE. Y a pesar que el presidente del comité especial comunicara, el otorgamiento de la buena pro y consentimiento al GERENTE MUNICIPAL, éste recomendó al Alcalde, anular dicho proceso por la simple y llana razón que el consorcio ganador había consignado de manera incorrecta el nombre del proyecto afianzado, es decir, error por una letra. Indicando que fue a opinión del OSCE y al principio de literalidad. Dato curioso que resaltar ya que para la siguiente convocatoria, ya con un nuevo Gerente de Infraestructura y este a su vez, con pleno conocimiento y a pesar que un postor hizo la advertencia que se estaba omitiendo en el equipo de profesionales a un ambientalista, el comité especial continuó de manera apurada en busca del ganador, presentándose esta vez como único postor el consorcio NOR ORIENTE que en la anterior convocatoria quedara en segundo lugar. Consorcio que al final sería el beneficiado con el otorgamiento de la buena pro.

Pero; ¿cuál es lo raro en esto?. Según las bases, luego del otorgamiento de la buena pro, la entidad debería citar dentro del plazo de 2 días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, y sumado 5 días hábiles mas, de ser el caso, al consorcio ganador a suscribir el contrato, obviamente presentando la documentación requerida y obligatoria, que de no cumplirse el plazo, sería bajo sanción de nulidad. A pesar de eso y burlandose de la normatividad, recién 30 días después de otorgamiento de la buena pro, el consorcio "ganador", alcanzó la documentación para la firma del contrato. Consentida por el Gerente Municipal, pero con un craso error. La CARTA FIANZA, no mencionaba expresamente a todos los integrantes del consorcio y menos indicaba el RUC del citado consorcio NOR ORIENTE. Y si a eso lo sumamos que por error se puso MAPHRE, debiendo ser MAPFRE (3 errores a comparación de la única que se presento en la primera convocatoria y que le costara la nulidad al consorcio GOCTA). Igual se firmó el contrato entre el consorcio y la entidad. No es necesario adivinar, aquí o en la china eso es un claro favorecimiento.

Respecto a los adicionales y deductivos de Obra: El Gerente de Infraestructura y Gerente municipal, tramitaron y permitieron la aprobación de obras que no formaban parte del objeto del contrato, dándoles tratamiento de adicionales de obra a favor del consorcio NOR ORIENTE. Los mismos que no procedían y no resultaban necesarios para alcanzar la finalidad del contrato. El único que podía autorizar el financiamiento de trabajos no considerados en el expediente técnico, era el Ministerio de Vivienda, siempre y cuando estos trabajos adicionales sean necesarios para alcanzar la totalidad de las metas contempladas dentro del proyecto. Aquí, aunque usted no lo crea, se tomaron todas las atribuciones.

4.- LA ENTIDAD REALIZÓ EL PROCESO DE SELECCIÓN, EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA, SIN EL REQUISITO OBLIGATORIO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. Y MÁS AUN, HABER HECHO EL PAGO POR ESTE, SIN LA DEBIDA CERTIFICACION AMBIENTAL.

Tanto el Alcalde provincial y sus Gerentes de Infraestructura y Municipal, tenían conocimiento pleno de la omisión de este estudio y a pesar de ello, se dispuso mediante Resolución, realizar el proceso de selección, ejecución y liquidación de la Obra. Ocasionando que a la fecha exista un riesgo potencial de contaminación a la población usuaria de los servicios de agua y alcantarillado de Chachapoyas. Aún así, a pesar que el ministerio de vivienda advirtiera de las observaciones sobre el estudio de impacto ambiental, se continuó con el proyecto, incluso generando pagos a un consultor externo para su elaboracion, que por el apuro o mala intencion, obviaron el levantamiento de las observaciones y mas aun, la certificación ambiental, que se asigna por la conformidad de un estudio ambiental. Cabe mencionar que la desaprobación, improcedencia, inadmisibilidad o cualquier otra causa que implique la no obtención o perdida de la certificación ambiental, genera o determina tajantemente, la imposibilidad legal de iniciar obras al respecto, pues el incumplimiento de esta obligación está sujeto a sanciones, de Ley.

A todo esto; La contraloría, lo determina como responsabilidad administrativa funcional, por presuntas infracciones de GRAVES Y/O MUY GRAVES. Pues encuentra responsabilidades a los funcionarios y servidores comprometidos en las observaciones hechas.

No es el afán de echar leña al juego pero, es claro que las irregularidades con o sin conocimiento de nuestra autoridad se han manejado con una desfachatez que también lo jala como responsable por firmar resoluciones, aprobando y anulando expedientes, generando pagos inadecuados. Con capacidad o incapacidad de los funcionarios que han favorecido y generado deudas comprometiendo al FONCOMUN de nuestra municipalidad, como es la de sacar plata de otros proyectos para beneficiar a un solo proyecto. A los técnicos que supuestamente son los que dominan el procedimiento administrativo y están para realizar una buena conducción de nuestros recursos, sin embargo deja mucho que desear su mal actuar. Pero lo más grave sería evadir responsabilidades por parte de los REGIDORES, que sin importar su criterio profesional y sin conocer a fondo la problemática que a mi parecer si existe en nuestra institución edil, se quieran hacer los de la vista gorda y tapen estas vejaciones. De mi parte agradezco y felicito a un regidor que en su preocupación por este caso nos expresó su pedido de colaboración y expresión de protesta, debo imaginar que desde adentro, él, ve como se manejan las cosas y lamentablemente no son cosas buenas. Yo como ciudadano rechazo estos hechos y no quiero para nada ser cómplice al callar estas cosas, que al único que hacen daño es a nuestra ciudadanía y a nuestra tierra en su afán de desarrollo sostenible a futuro.

Un aprendiz de 80 años.

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